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Las funciones reservadas de los Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional: la Secretaría General (II edición)
Formación virtual
Del 14 al 28 de noviembre de 2023
Ildefonso Cobo Navarrete
Secretario General. Ayuntamiento de Granada.
María Teresa Martín Bautista
Secretaria General. Diputación de Granada.
La aprobación del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; ha consagrado como funciones necesarias en todas las Corporaciones Locales y, reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, las funciones de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo y, además de las de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y contabilidad, tesorería y recaudación.
Con ello se persigue garantizar una mayor profesionalidad y eficacia en el ejercicio de las funciones reservadas, permitiendo una gestión más eficaz y homogénea de este colectivo en todo el territorio nacional, dada la importancia de las funciones que desempeñan en las Corporaciones Locales, y su repercusión en el interés general.
Cargos electos, directivos, funcionarios con habilitación de carácter nacional y empleados públicos de las entidades locales con titulación superior, media o asimilada, que tengan a su cargo funciones relacionadas con la materia objeto de la actividad formativa. Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitidos solicitantes que presten servicios en la Junta de Andalucía u otras administraciones y entidades públicas.
1. Analizar el contenido del RD 128/2018 de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; en lo relativo a las funciones correspondientes a la Secretaría.
2. Estudiar el ejercicio de las funciones y sus distintas dimensiones en la práctica administrativa local.
3. Conocer la doctrina y criterios jurisprudenciales sobre la materia.
4. Analizar otra normativa que atribuye expresamente otras funciones a la Secretaría General.
5. Realizar supuestos prácticos de cada uno de los contenidos impartidos en el curso.
Unidad didáctica I: El ejercicio de la las funciones públicas reservadas a la secretaría de las entidades locales.
1. La función de fe pública:
1.1. Las funciones en relación a la preparación, convocatoria y celebración de las sesiones los órganos de gobierno locales.
1.2. Las funciones en relación a las resoluciones de los órganos unipersonales.
1.3. La función de certificación de los actos, resoluciones y acuerdos locales.
1.3.1. La remisión de actos y acuerdos a los órganos de la Comunidad Autónoma y Administración General del Estado.
1.3.2. La anotación de resoluciones y acuerdos en los expedientes y su notificación.
1.3.3. La disposición de la publicación de los actos y acuerdos de la Entidad Local.
1.4. La fe pública en la formalización de los contratos, convenios y documentos análogos. El Registro de Convenios.
1.5. Las funciones respecto al Registro de Intereses de los miembros de la Corporación.
1.6. La llevanza y custodia del Inventario de Bienes de la Entidad y la expedición de certificaciones a los efectos previstos en la Ley Hipotecaria.
1.6.1. La fe pública de procedimientos y actos de naturaleza urbanística.
1.7. La superior dirección de los archivos y registros de la Entidad Local.
1.8. El ejercicio por medios electrónicos de las funciones reservadas.
Unidad didáctica II: La función pública de asesoramiento legal preceptivo. Otras funciones no reservadas.
1. La función de asesoramiento legal preceptivo.
1.1. La emisión de informes con carácter preceptivo: análisis de los distintos supuestos.
1.2. La emisión de informe mediante nota de conformidad.
1.3. La función de asesoramiento en el ámbito de la contratación pública.
2. El ejercicio de las funciones directivas en el ámbito de los Municipios de gran población.
3. Las funciones asignadas por la legislación electoral.
4. Otras funciones:
4.1. Atribuidas por las respectivas Entidades Locales.
4.2. El ejercicio de funciones en los entes instrumentales de la Entidades Locales.
4.3. Órgano gestor de subproyectos financiados con Fondos Next Generation EU.
5. La delegación de las funciones reservadas en otros funcionarios.