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Cursos de perfeccionamiento y profesionalización
Capacitación para miembros de órganos técnicos de selección
Formación virtual
Del 16 de noviembre al 13 de diciembre de 2022
Jorge Fondevila Antolín
Jefe de la Asesoría Jurídica. Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior. Gobierno de Cantabria. Santander. Cantabria.
Este curso está concebido y a su vez condicionado por la situación excepcional que está viviendo nuestro país, especialmente por la implementación de los procesos de estabilización y consolidación del empleo temporal, y así intentamos ofrecer un instrumento idóneo para obtener un conocimiento preciso del marco normativo y su aplicación práctica en materia de selección, examinando tanto las previsiones de la Ley 39/2015 LPAC, que ya ha desplegado su total eficacia y la Ley 40/2015 LRJSP que afectan, en especial a una cuestión esencial en estos momentos, nos referimos a la implementación de la e-administración, en concreto, el uso de medios electrónicos en el desarrollo de los procedimientos selectivos, que en tiempos como los actuales se ha revelado como uno de los instrumentos esenciales para garantizar la continuidad de la actividad de nuestras administraciones públicas. Por otro lado, también este anterior marco legal afecta al régimen jurídico organizativo de los órganos de selección.
Asimismo, resulta esencial el estudio de la evolución de la doctrina del Tribunal Supremo sobre la "discrecionalidad técnica" de estos, y la incorporación en la implementación de los procesos selectivos del principio de transparencia, y su incidencia en el desarrollo de los mismos, así como la nueva configuración de los derechos de los opositores como consecuencia de las exigencias de este principio. Asimismo, se examina el nuevo marco normativo derivado de la legislación nacional y europea sobre protección de datos y su implementación en los procesos selectivos.
Así, se pretende que los alumnos alcancen los conocimientos adecuados para una correcta ejecución de los procedimientos de selección de la forma más eficaz posible en el desempeño de su función como miembros de los órganos de selección.
Cargos electos, directivos, funcionarios con habilitación de carácter estatal y empleados públicos de las entidades locales con titulación superior, media o asimilada, que tengan a su cargo funciones relacionadas con la materia objeto de la actividad formativa. Si el número de solicitudes lo permitiese, podrán ser admitidos solicitantes que presten servicios en la Junta de Andalucía u otras administraciones y entidades públicas.
1. Estudio del marco normativo general, tanto el del ámbito del empleo público (LRBRL, TRRL, TREBEP), como una especial referencia a la LPAC y LRJSP y el régimen práctico sobre las cuestiones más novedosas en la celebración de toda clase de procesos selectivos, en relación a la utilización de medios electrónicos, con el fin de asegurar que esta resulte legal y eficiente. Asimismo, se estudiará la doctrina actual del Tribunal Supremo sobre la aplicación de la figura de la "Discrecionalidad Técnica" y la implementación del principio de transparencia, Protección de datos y otras cuestiones que afectan al desarrollo de los procedimientos selectivos.
2. Se establece como núcleo esencial del curso la formación de los alumnos/as en las principales novedades legales y jurisprudenciales que marcan las líneas o ejes esenciales que deben ser respetados en los procesos selectivos.
3. Al finalizar la acción formativa el alumno/a deberá ser capaz de gestionar y desarrollar su función como miembros de un órgano de selección en los procesos de selección, tanto los convocados en la actual situación coyuntural como en otros marcos presupuestarios.
Unidad didáctica I: la composición y régimen jurídico de organización y funcionamiento de los órganos de selección.
1. El Orden de prelación de fuentes aplicable a los procedimientos de selección en las entidades locales.
2. La composición de los órganos de selección.
Caracteres generales de los órganos de selección (artículo 60.1 del TREBEP)
Examen de las diferentes clases de personal excluido de los órganos de selección (artículo 60 TREBEP)
3. Régimen jurídico de organización y funcionamiento de los órganos de selección
Régimen de Organización
Régimen de funcionamiento:
Un nuevo régimen jurídico para la organización y funcionamiento de los órganos de selección, especial referencia a la incorporación de los medios electrónicos
La Lista de Aprobados y sus incidencias
Unidad didáctica II: el proceso de evaluación por parte de los órganos de selección.
1. El instrumento de la «discrecionalidad técnica»
2. El Principio de Transparencia en los procesos selectivos: una exigencia ineludible
La obligación de los órganos de selección de respetar los criterios de valoración previstos en las Bases
El control sobre el contenido de la motivación de los órganos de selección
Incidencias en el proceso material de valoración y calificación de las pruebas y ejercicios por los órganos de selección
La acreditación en vía de Recurso administrativo y en el procedimiento judicial del desacierto de la actuación del órgano de selección mediante la práctica de una prueba pericial
Valoración final.
3. Reclamaciones y recursos contra los acuerdos de los órganos de selección
Unidad didáctica III: protección de datos y el derecho de información y acceso al expediente administrativo.
1. La Transparencia y la protección de datos personales en la gestión de los procedimientos de selección.
La Protección de datos de en los procedimientos selectivos: Atribución de las funciones de responsable y encargado de tratamiento en un procedimiento selectivo.
El equilibrio entre el Principio de Transparencia en el acceso a la información y el Derecho a la Protección de datos personales: breve examen de criterios normativos de implementación.
Examen de los informes de mayor interés de las Agencias de protección de datos, Consejos de Transparencia, así como de Jurisprudencia referidos al ámbito de los procedimientos de selección.
2. Los sujetos legitimados para acceder a los expedientes y demás actuaciones administrativas en los procedimientos selectivos.
Criterios Generales.
Las organizaciones sindicales y los miembros de los órganos unitarios de representación sindical.
La legitimación de los Cargos electos.
3. El objeto material del derecho de acceso e información: El expediente administrativo y actuaciones complementarias.
Derecho al conocimiento y publicidad de toda clase de actuaciones administrativas previas en el desarrollo del proceso selectivo.
Derecho de acceso al expediente, a la motivación de la valoración de pruebas y méritos tanto propios como de los competidores.
Un Dictamen esencial de la Agencia Vasca de Protección de Datos: examen integrado de la transparencia y protección de datos en los procedimientos selectivos.
Unidad didáctica IV: la utilización de medios electrónicos en la celebración de pruebas selectivas y la jurisprudencia sobre la valoración de méritos.
1. La celebración de pruebas selectivas presenciales.
Expediente en papel o la digitalización de los ejercicios realizados por los opositores de forma escrita.
La grabación del desarrollo de los ejercicios de las pruebas selectivas.
2. La utilización de medios electrónicos en la celebración de pruebas selectivas no presenciales: objeciones materiales y legales.
Las aplicaciones de Proctoring y monitoreo para el desarrollo de pruebas o ejercicios no presenciales: notas técnicas básicas.
Los Límites legales para el uso de aplicaciones de Proctoring y monitoreo en el desarrollo de pruebas o ejercicios no presenciales.
3. La posibilidad de impugnación de las aplicaciones informáticas utilizadas para la celebración de los ejercicios de selección.
4. Examen general de la Jurisprudencia sobre los diferentes tipos de méritos y las condiciones para su implementación.
Criterios generales.
El Mérito de la experiencia.
El Mérito de la Formación.
Supuestos que no reúnen las condiciones de mérito.