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LAS SANCIONES ADMINISTRATIVIAS EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

GONZALEZ RIVAS, JUAN JOSE

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 28/1994, pág. 395

1. Introducción. 2. Examen en la jurisprudenciaìcontitucional. a) Ambito y límites. b) El principio deìlegalidad y su conexión con otros derechos fundamentales. 3.ìCriterios de aplicación en la más reciente jurisprudenciaìconstitucional. a) Las Sentencias del TribunalìConstitucional de 25 de octubre y 15 de noviembre de 1993.ìb)...

1. Introducción. 2. Examen en la jurisprudenciaìcontitucional. a) Ambito y límites. b) El principio deìlegalidad y su conexión con otros derechos fundamentales. 3.ìCriterios de aplicación en la más reciente jurisprudenciaìconstitucional. a) Las Sentencias del TribunalìConstitucional de 25 de octubre y 15 de noviembre de 1993.ìb) Consideración especial de la Sentencia del Pleno del...

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LAS SANCIONES CON EFICACIA SUSPENDIDA NO DEVENGAN INTERESES. COMENTARIO A LA STSJ CATALUÑA DE 9 DE DICIEMBRE DE 2005

SOLDEVILA FRAGOSO, SANTIAGO

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 11/2006, pág. 1349 a 1355

I. LA SENTENCIA. INTERESES. NO PUEDEN DEVENGAR INTERESES LAS SANCIONES IMPUESTAS POR LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DURANTE EL TIEMPO EN QUE SU EJECUTIVIDAD ESTUVIERA SUSPENDIDA COMO CONSECUENCIA DE SU CONTROL JUDICIAL, CON INDEPENDENCIA DE QUE DESPUÉS SEAN CONFIRMADAS JURISDICCIONALMENTE. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.


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LAS SANCIONES IMPUESTAS A UN FUNCIONARIO LOCAL POR FALTA DE RENDIMIENTO Y DE LA OBEDIENCIA DEBIDA. COMENTARIO A LA STSJ ILLES BALEARS DE 17 DE ENERO DE 2011

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 16/2011, pág. 2051 a 2056

I. LA SENTENCIA. Funcionarios Públicas. Administración local. Régimen disciplinario. Confirmación de las sanciones impuestas a un funcionario local por falta de rendimiento y de la obediencia debida. Sanción, asimismo, por falta de desconsideración grave al superior jerárquico al increpar con gritos a la Concejala competente, cuando...

I. LA SENTENCIA. Funcionarios Públicas. Administración local. Régimen disciplinario. Confirmación de las sanciones impuestas a un funcionario local por falta de rendimiento y de la obediencia debida. Sanción, asimismo, por falta de desconsideración grave al superior jerárquico al increpar con gritos a la Concejala competente, cuando ésta le requirió la entrega de cierta documentación relativa a la oferta de empleo público para el año 2008. Anulación de aquellas sanciones que no fueron analizadas en la sentencia recurrida. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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LAS SIETE CUESTIONES PROBATORIAS QUE PUEDEN SER TRATADAS EN UN RECURSO DE CASACIÓN. ANÁLISIS DE LA STS DE 15 DE NOVIEMBE DE 2007

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 4/2008, pág. 441 a 447

I. EL SUPUESTO DE HECHO. II. EL DESLINDE DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE. 1. CONCEPTO: UNA MANIFESTACIÓN DE LA AUTOTUTELA ADMINISTRATIVA. 2. ÓRGANO COMPETENTE: EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE. 3. PROCEDIMIENTO: LA NOTIFICACIÓN A LOS PROPIETARIOS COLINDANTES Y EL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA. 4. EFECTOS: EN LA LEY DE COSTAS...

I. EL SUPUESTO DE HECHO. II. EL DESLINDE DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE. 1. CONCEPTO: UNA MANIFESTACIÓN DE LA AUTOTUTELA ADMINISTRATIVA. 2. ÓRGANO COMPETENTE: EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE. 3. PROCEDIMIENTO: LA NOTIFICACIÓN A LOS PROPIETARIOS COLINDANTES Y EL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA. 4. EFECTOS: EN LA LEY DE COSTAS VIGENTE EL DESLINDE PASA DE SER UN ACTO MERAMENTE DECLARATORIO DE LA POSESIÓN A SER UN ACTO DECLARATIVO DE LA TITULARIDAD DOMINICAL DE LA ADMINISTRACIÓN. III. LA CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DESLINDE. IV. EL TRIBUNAL DE CASACIÓN ANTE LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA RELIZADA POR EL TRIBUNAL DE INSTANCIA. 1. REGLA GENERAL: EN EL RECURSO DE CASACIÓN NO PUEDE MODIFICARSE LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA LLEVADA A CABO EN LA INSTANCIA. 2. EXCEPCIONES A ESA REGLA GENERAL: LOS SIETE TEMAS PROBATORIOS QUE PUEDEN SER TRATADOS EN UN RECURSO DE CASACIÓN. 3. APLICACIÓN DE ESA DOCTRINA EN EL PRESENTE CASO. V. EPÍLOGO.

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LAS SOCIEDADES URBANISTICAS CONSTITUIDAS POR ENTES PUBLICOS LOCALES. ESPECIAL REFERENCIA A LAS SOCIEDADES DE PROMOCION, CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE VIVIENDAS

BENSUSAN MARTIN, Mª DEL PILAR

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 43/1997, pág. 935

1. Introducción. 2. Régimen jurídico de las sociedades urbanísticas constituidas por entes locales. 3. Constitución, fundación, estatutos, actividad, régimen financiero, extinción y liquidación de las sociedades urbanísticas. 4. Especial referencia a las sociedades de promoción, construcción y rehabilitación de viviendas.


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LAS SUBVENCIONES Y SU RÉGIMEN JURÍDICO. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2006

SOLDEVILA FRAGOSO, SANTIAGO

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 4/2007, pág. 426 a 435

I. LA SENTENCIA. AYUDAS Y SUBVENCIONES. INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS PARA EL DISFRUTE DE LOS INCENTIVOS REGIONALES OTORGADOS. MODIFICACIÓN DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA EN PROPORCIÓN AL ALCANCE DEL INCUMPLIMIENTO. LOS PUESTOS DE TRABAJO CREADOS NO SE AJUSTAN A LOS TIPOS CONTRACTUALES PREVISTOS EN LAS CONDICIONES...

I. LA SENTENCIA. AYUDAS Y SUBVENCIONES. INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS PARA EL DISFRUTE DE LOS INCENTIVOS REGIONALES OTORGADOS. MODIFICACIÓN DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA EN PROPORCIÓN AL ALCANCE DEL INCUMPLIMIENTO. LOS PUESTOS DE TRABAJO CREADOS NO SE AJUSTAN A LOS TIPOS CONTRACTUALES PREVISTOS EN LAS CONDICIONES ESPECIFICADAS EN LA ORDEN MINISTERIAL QUE REGULABA LOS INCENTIVOS OTORGADOS. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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LAS TARIFAS PORTUARIAS NO TIENEN NATURALEZA DE PRECIO PRIVADO SINO QUE CONSTITUYEN PRESTACIONES PATRIMONIALES DE CARÁCTER PÚBLICO. ANÁLISIS DE LA STS DE 27 DE FEBRERO DE 2006

GUTIÉRREZ GARCÍA, Mª CONCEPCIÓN; RINCÓN VILLAGRA, ANA LUCÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 11/2006, pág. 1376 a 1380

I. EL SUPUESTO DE HECHO. II. MOTIVOS DE CASACIÓN. III. DOCTRINA DEL TRIBUNAL.


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LAS TASAS JUDICIALES: CUESTIONES RESUELTAS Y CUESTIONES EN LA INCERTIDUMBRE

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 13/2012, pág. 1712 a 1728

I. La situación anterior a 1987: tasas judiciales más papel timbrado o sellado. II. La supresión de las tasa judiciales y del impuesto de actos jurídicos documentados sobre los documentos judiciales por la Ley 25/1986. III. La resurrección parcial de las tasas judiciales en la Ley 53/2002, de 30 de diciembre. IV. Las tasas judiciales...

I. La situación anterior a 1987: tasas judiciales más papel timbrado o sellado. II. La supresión de las tasa judiciales y del impuesto de actos jurídicos documentados sobre los documentos judiciales por la Ley 25/1986. III. La resurrección parcial de las tasas judiciales en la Ley 53/2002, de 30 de diciembre. IV. Las tasas judiciales y el depósito para recurrir en la Ley Orgánica 1/2009. V. Las tasas judiciales en las Leyes 4/2011 y 37/2011. VI. La cuestión del resarcimiento del importe de las tasas al litigante victorioso y su tratamiento en la Ley de medidas de agilización procesal de 10 de octubre de 2011. VII. Las soluciones dadas al problema de los efectos procesales de la falta de pago de las tasas judiciales hasta las STC 20/2012, 79/2012 y 85/2012. VIII. La sorpresiva declaración de constitucionalidad -en lo que se refiere al orden jurisdiccional civil- del art. 35.7.2. de la Ley 53/2002 por las STC 20/2012, 79/2012 y 85/2012. IX. El Anteproyecto de Ley para extender las tasas judiciales a todas las personas (físicas y jurídicas) y a los recursos del orden social, así como para incrementar notablemente su cuantía. X. Las tasas judiciales creadas en la Comunidad Autónoma de Cataluña por la Ley Autonómica 5/2012, de 20 de marzo. XI. Epílogo.

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LAS TASAS JUDICIALES: RETORNO A 1959

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 19/2012, pág. 2172 a 2192

I. La situación anterior a 1987: tasas judiciales más papel timbrado o sellado. 1. Las tasas judiciales. 2. El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados: el papel timbrado o sellado. 3. Su inclusión en las costas. II. La supresión de las tasas judiciales y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en los documentos judiciales llevada...

I. La situación anterior a 1987: tasas judiciales más papel timbrado o sellado. 1. Las tasas judiciales. 2. El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados: el papel timbrado o sellado. 3. Su inclusión en las costas. II. La supresión de las tasas judiciales y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en los documentos judiciales llevada a cabo por la Ley 25/1986. 1. La exposición de motivos de la Ley 25/1986, de 24 de diciembre, de supresión de las tasas judiciales. 2. La supresión de las tasas judiciales y de la modalidad documentos judiciales del impuesto sobre actos jurídicos documentados. III. La resurrección parcial de las tasas judiciales en la Ley 53/2002, de 30 de diciembre. 1. Una insólita denominación: "tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional". 2. Tasa limitada a los órdenes civil y contencioso-administrativo. 3. Tasa limitada a personas jurídicas lucrativas que no sean de reducida dimensión. 4. Tasa limitada a quienes promuevan los procesos o interpongan los recursos. 5. Exenciones en el orden contencioso-administrativo. 6. Devengo de la tasa en el orden contencioso-administrativo. 7. Base imponible de la tasa. 8. Cuota tributaria. 9. Autoliquidación y pago. IV. Las tasas judiciales y el depósito para recurrir en la Ley Orgánica 1/2009. V. Las tasas judiciales en las Leyes 4/2011 y 37/2011. VI. La cuestión del resarcimiento del importe de las tasas al litigante victorioso y su tratamiento en la Ley de Medidas de Agilización Procesal de 10 de octubre de 2011. 1. El problema. 2. La vía de la responsabilidad patrimonial de la Administración como medio de resarcir al litigante victorioso del abono de la tasa. 3. La vía de las costas como medio de resarcir al litigante victorioso del abono de la tasa. 4. La solución en la denominada Ley de Medidas de Agilización Procesal de 10 de octubre de 2011. VII. Las soluciones dadas al problema de los efectos procesales de la falta de pago de las tasas judiciales hasta la STC 20/2012. 1. La perturbadora locución de la Ley 53/2002. 2. La posición de la doctrina: la eficacia de la tasa debe ser solo recaudatoria y no procesal ya que negar el acceso a la jurisdicción o al recurso por impago de la tasa vulnera el Art. 24.1 de la Constitución. 3. La interpretación de la Sala Primera del Tribunal Supremo: la falta de abono de la tasa judicial impide el acceso a la jurisdicción o al recurso pero siempre que la parte haya sido apercibida expresamente de esa consecuencia por el órgano judicial. 4. La interpretación de la Sala Tercera del TS: la falta de pago de la tasa judicial solo supone la paralización del proceso hasta que se justifique el pago. 5. El Auto de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional núm. 196/2010, de 21 de diciembre: condicionar la admisión de una demanda o recurso al abono de la tasa judicial supone "un obstáculo insalvable y desproporcionado para la satisfacción del derecho a la tutela judicial efectiva". VIII. La sorpresiva declaración de constitucionalidad del art. 35.7.2 de la Ley 53/2002 por la STC 20/2012 y posteriores. 1. El pago de las tasas en el acceso a la jurisdicción civil: la STC 20/2012. 2. El pago de las tasas en el acceso a los recursos de la jurisdicción civil: las SSTC 79/2012, 85/2012 y posteriores. IX. La extensión al orden jurisdiccional contencioso-administrativo de la doctrina del TC sobre la tasa en el orden jurisdiccional civil. 1. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo: la exención del pago de la tasa de una de las partes. 2. La STC 116/2012, de 4 de junio: una sentencia sin argumentación. X. La subsanación de la falta de abono de la tasa: amplitud de la subsanación. 1. La subsanación prevista en el art. 35.7.2 de la Ley 53/2002. 2. En el trámite de subsanación no sólo podrá acreditarse el pago de la tasa efectuado antes de interponer el recurso, sino también el pago de la tasa efectuado después de la interposición del recurso pero antes de ser notificado el requerimiento de subsanación, como incluso el pago de la tasa efectuado después de ese requerimiento dentro del plazo de diez días de subsanación. Todo ello incluso aunque en el momento de la subsanación hubiesen transcurrido ya los plazos para preparar o interponer recursos. 3. En el orden contencioso-administrativo hay que tener en cuenta, además, la existencia de la prórroga legal de los plazos. XI. El Proyecto de Ley para extender las tasas judiciales a todas las personas (físicas y jurídicas) y a los recursos del orden social, así como para incrementar notablemente su cuantía. 1. El proyecto de Ley presentado en el Congreso el día 3 de agosto de 2012. 2. Se sigue evitando la denominación "tasas judiciales". 3. De ser sujetos pasivos sólo las sociedades con rentas de más de 10 millones de euros se va a pasar a considerar sujetos pasivos a todas las personas -físicas y jurídicas- que no tengan derecho a la asistencia jurídica gratuita. 4. Se extiende la tasa a los recursos de suplicación y de casación en el orden jurisdiccional social. 5. La incomprensible fórmula empleada en el proyecto para determinar los efectos procesales que produce la falta de acreditación del abono de la tasa. 6. Las cuantías. XII. Las tasas judiciales creadas en la Comunidad Autónoma de Cataluña por la Ley Autonómica 5/2012, de 20 de marzo. 1. La denominada "tasa por la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la administración de la Administración de justicia". 2. Prorrogado a nueve meses el plazo para que el Presidente del Gobierno estatal pueda interponer recurso de inconstitucionalidad contra la tasa judicial catalana. XIII. Las tasas judiciales en las demás Comunidades Autónomas. XIV. Epílogo.

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LAS TRANSFORMACIONES DEL SERVICIO PÚBLICO

HERREROS LÓPEZ, JUAN MANUEL

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 39/2003, pág. 931 a 957

I. EL SERVICIO PÚBLICO EN ESPAÑA: 1. ORIGEN DEL SERVICIO PÚBLICO Y SUS DIFICULTADES DE PRECISIÓN. 2. EL SERVICIO PÚBLICO "SUBJETIVO" O EN SENTIDO ESTRICTO: EL ARTÍCULO 128.2 CE. 3. EL SERVICIO PÚBLICO "OBJETIVO" O EN SENTIDO AMPLIO: LOS SERVICIOS DE "INTERÉS GENERAL". 4. SÍNTESIS VALORATIVA. II. EL SERVICIO...

I. EL SERVICIO PÚBLICO EN ESPAÑA: 1. ORIGEN DEL SERVICIO PÚBLICO Y SUS DIFICULTADES DE PRECISIÓN. 2. EL SERVICIO PÚBLICO "SUBJETIVO" O EN SENTIDO ESTRICTO: EL ARTÍCULO 128.2 CE. 3. EL SERVICIO PÚBLICO "OBJETIVO" O EN SENTIDO AMPLIO: LOS SERVICIOS DE "INTERÉS GENERAL". 4. SÍNTESIS VALORATIVA. II. EL SERVICIO PÚBLICO EN EL DERECHO COMUNITARIO: 1. DERECHO COMUNITARIO E INTERVENCIÓN PÚBLICA EN LA ACTIVIDAD ECONÓMICA. 2. LA FIGURA DEL SERVICIO PÚBLICO EN EL TRATADO DE LA COMUNIDAD EUROPEA. 3. LOS PRONUNCIAMIENTOS DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA Y DE LA COMISIÓN. 4. LOS SERVICIOS DE INTERÉS (ECONÓMICO) GENERAL. 5. LA POSIBILIDAD DE INAPLICAR LAS NORMAS RELATIVAS A LA LIBRE COMPETENCIA. 6. LA CONCESIÓN DE AYUDAS PÚBLICAS A LOS SERVICIOS INTERÉS (ECONÓMICO) GENERAL. III. BIBLIOGRAFÍA SELECCIONADA.

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LAS TRANSMISIONES INTER VIVOS Y MORTIS CAUSA DE OFICINAS DE FARMACIA EN EL AMBITO ESTATAL Y DE COMUNIDADES AUTONOMAS. SU EVOLUCION LEGISLATIVA Y JURISPRUDENCIAL

VIDAL CASERO, MARIA DEL CARMEN

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 5/2002, pág. 155

I. Introducción. II. Transmisiones de oficinas de farmacia. Antecedentes legislativos y jurisprudenciales. 1. Transmisiones inter vivos. 2. Transmisiones mortis causa. III. Legislación vigente en el ámbito estatal. 1. Régimen inter vivos: A) RD 909/1978 y O 21 noviembre 1979. 2. Transmisión mortis causa: A)RD 909/1978 y O 21 noviembre...

I. Introducción. II. Transmisiones de oficinas de farmacia. Antecedentes legislativos y jurisprudenciales. 1. Transmisiones inter vivos. 2. Transmisiones mortis causa. III. Legislación vigente en el ámbito estatal. 1. Régimen inter vivos: A) RD 909/1978 y O 21 noviembre 1979. 2. Transmisión mortis causa: A)RD 909/1978 y O 21 noviembre de 1979. B) Aclaraciones jurisprudenciales al RD 909/1978 y O 21 noviembre 1979. C) Disposiciones complementarias. IV. Legislación vigente en Comunidades Autónomas: 1. Aspectos generales. 2. Transmisión inter vivos: A) En Castilla-La Mancha, Extremadura y Galicia. B) Transmisión en otras CC.AA. C) Aspectos peculiares de la reglamentación del País Vasco. 3. Transmisión mortis causa. V. Conclusiones.

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LAS UNIONES TEMPORALES DE EMPRESARIOS Y LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

GRANADOS RODRÍGUEZ, JUAN FERNANDO

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 1/2006, pág. 4

I. EL CONCEPTO DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 1. EL CONCEPTO DE UTE EN LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. DIFERENCIAS CON LA DEFINICIÓN DEL ART. 7 DE LA LEY 18/1982, DE 26 DE MAYO. 2. LA FALTA DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA UTE Y SU COMPOSICIÓN. II. LA OBLIGACIÓN...

I. EL CONCEPTO DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 1. EL CONCEPTO DE UTE EN LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. DIFERENCIAS CON LA DEFINICIÓN DEL ART. 7 DE LA LEY 18/1982, DE 26 DE MAYO. 2. LA FALTA DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA UTE Y SU COMPOSICIÓN. II. LA OBLIGACIÓN DE LICITAR COMO UTE PARA UNA PLURALIDAD DE INTERESADOS. III. LA FORMALIZACIÓN DE LA UTE EN ESCRITURA PÚBLICA. IV. LA DURACIÓN DE LA UTE. V. EL REPRESENTANTE DE LA UTE. VI. EL PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN.

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LAS UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS COMO LICITADORES EN LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA

ROJI BUQUERAS, JOSE MARIA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 38/2001, pág. 1247

1. Introducción. 2. Capacidad para contratar de lasUniones Temporales de Empresas. 3. Responsabilidad de losmiembros de la Unión Temporal de Empresas en la contrataciónadministrativa. 4. Momento en que se debe constituir laUnión Temporal de Empresas. 5. Necesidad de nombrar unrepresentante. 6. Duración de las Uniones Temporales deEmpresas...

1. Introducción. 2. Capacidad para contratar de lasUniones Temporales de Empresas. 3. Responsabilidad de losmiembros de la Unión Temporal de Empresas en la contrataciónadministrativa. 4. Momento en que se debe constituir laUnión Temporal de Empresas. 5. Necesidad de nombrar unrepresentante. 6. Duración de las Uniones Temporales deEmpresas adjudicatarias. 7. Clasificación de las UnionesTemporales de Empresas. 8. Prohibición de variaslicitaciones. 9. Prestación de garantías. 10. Bibliografía.11. Direcciones de Internet de diferentes órganosconsultivos.

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Las Universidades Públicas y el coste de la garantía del derecho a la protección de datos personales

Cazurro Barahona, Víctor

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 4/2017, pág. 93 a 98

1. La Universidad Pública: una Administración frente al derecho a la protección de datos. 2. La puesta al día en materia de protección de datos personales en la Universidad Pública. 3. La necesaria implicación de la comunidad universitaria en la gestión de la protección de datos personales. 4. Conclusiones.


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LAS URBANIZACIONES ILEGALES Y LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO COMO URBANO. COMENTARIO A LA STS (SALA 3.ª) DE 1 DE OCTUBRE DE 2009

GIL IBÁÑEZ, JOSÉ LUIS

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 12/2010, pág. 1469 a 1473

I. LA SENTENCIA. Urbanismo. Impugnación de Plan General de Ordenación Urbana en cuanto al ámbito y determinaciones que establece para una urbanización. Los terrenos se encuentran urbanizados pero se trata de una urbanización ilegal en suelo rústico. Al haberse actuado ilegalmente la Administración no tiene obligación de clasificar...

I. LA SENTENCIA. Urbanismo. Impugnación de Plan General de Ordenación Urbana en cuanto al ámbito y determinaciones que establece para una urbanización. Los terrenos se encuentran urbanizados pero se trata de una urbanización ilegal en suelo rústico. Al haberse actuado ilegalmente la Administración no tiene obligación de clasificar los terrenos como suelo urbano. El Plan Especial de Reforma Interior es instrumento adecuado para lograr que la urbanización realizada ilegalmente se acomode al planeamiento. Cumplimiento del trámite de información pública, no siendo exigible nueva información entre la aprobación provisional, por el Ayuntamiento, y la definitiva por la Comunidad Autónoma, del texto que incorporaba la subsanación de deficiencias. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

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LAS VACACIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS Y SUS EFECTOS ECONÓMICOS POR FALTA DE DISFRUTE

CUADRADO ZULOAGA, DANIEL

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 12/2009, pág. 1456 a 1467

I. Introducción. II. Naturaleza de las vacaciones. III. Su compatibilidad con otros períodos de inactividad laboral. A) Enfermedad o accidente. B) Maternidad. C) Días de descanso o libranza. IV. Efectos económicos sobre los empleados públicos por falta de disfrute. A) Compensación económica. B) Indemnización de daños y perjuicios....

I. Introducción. II. Naturaleza de las vacaciones. III. Su compatibilidad con otros períodos de inactividad laboral. A) Enfermedad o accidente. B) Maternidad. C) Días de descanso o libranza. IV. Efectos económicos sobre los empleados públicos por falta de disfrute. A) Compensación económica. B) Indemnización de daños y perjuicios. V. Cuadro de sentencias estudiadas más relevantes.

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Las vías pecuarias y el Derecho de propiedad privada

Aránzazu García Garro

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 3/2013, pág. 338 a 351

I. Introducción. II. Concepto de vías pecuarias. III. Breve evolución histórica de las vías pecuarias. IV. Las vías pecuarias en el Código Civil. V. La desafectación. VI. La modificación del trazado de las vías pecuarias. VII. Clasificación y deslinde. 1. Clasificación. 2. El deslinde de las vías pecuarias. VIII. Conclusión.


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LAS VISAS Y SU PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN.

MANTECA VALDELANDE, VÍCTOR.

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 8/2005, pág. 997 a 1004

1. SUPUESTO. 2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 3. VISA TURÍSTICA O FAMILIAR. 4. VISAS DE CORTA DURACIÓN. 5. VISA DE RESIDENCIA (EXCEPTO LA AUTORIZACIÓN DE TRABAJO). 6. VISA DE RESIDENCIA (JUBILADOS O RENTISTAS). 7.VISA DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA (SIN ACTIVIDAD LABORAL O PROFESIONAL). 8. VISA DE RESIDENCIA PARA SERVICIO DOMÉSTICO DE DIPLOMÁTICOS...

1. SUPUESTO. 2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 3. VISA TURÍSTICA O FAMILIAR. 4. VISAS DE CORTA DURACIÓN. 5. VISA DE RESIDENCIA (EXCEPTO LA AUTORIZACIÓN DE TRABAJO). 6. VISA DE RESIDENCIA (JUBILADOS O RENTISTAS). 7.VISA DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA (SIN ACTIVIDAD LABORAL O PROFESIONAL). 8. VISA DE RESIDENCIA PARA SERVICIO DOMÉSTICO DE DIPLOMÁTICOS ACREDITADOS EN ESPAÑA. 9. VISAS PARA RELIGIOSOS. 10. VISAS DE ESTUDIOS. 11. VISAS POR TRABAJO. 12. VISAS POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR.

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Lectura rápida sobre plazos y términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas

Cano Murcia, Antonio

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 9/2016, pág. 100 a 108

1. De los plazos y términos y del silencio administrativo. 2. De la actividad de las Administraciones públicas. 3. De los actos administrativos. 4. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. 5. Revisión de los actos en vía administrativa. 6. Sabe que dispone de...


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LEGALIDAD DE LAS NOTIFICACIONES EFECTUADAS POR LOS SECRETARIOS DE LOS TRIBUNALES Y POR LOS SECRETARIOS DE LOS ÓRGANOS RECTORES DE LOS SERVICIOS

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 7/2006, pág. 880

1. PREGUNTA: ¿DEBE CORRESPONDER AL SECRETARIO GENERAL LA FIRMA DE LOS ANUNCIOS PARA OBTENER UNA AGILIZACIÓN DE LA GESTIÓN?. 2. CONTESTACIÓN.


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LEGALIDAD DE LOS PLIEGOS EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

MANTECA VALDELANDE, VÍCTOR

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 2/2006, pág. 231

SUPUESTO. 1. PLIEGOS DE CONTRATACIÓN. 2. USO INDEBIDO DE LA FIGURA DEL CONTRATO MARCO. 3. INDETERMINACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 4. CASO PRÁCTICO DE INCLUSIÓN DE GARANTÍAS ILEGALES DE LOS PLIEGOS. 5. CUANDO EN LOS PLIEGOS SE VULNERAN LOS DERECHOS DEL CONTRATISTA. 6. LÍMITES A LA RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.


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LEGALIDAD DE UNA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS CONDICIONES DE AUTORIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE RADIOCOMUNICACIÓN. COMENTARIO A LA STSJ GALICIA DE 11 DE OCTUBRE DE 2007

CHAMORRO GONZÁLEZ, JESÚS MARÍA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 10/2008, pág. 1114 a 1118

I. La Sentencia. Telecomunicaciones. Nulidad parcial de Ordenanza municipal reguladora de las condiciones de autorización de las infraestructuras de radiocomunicación. Los Ayuntamientos pueden exigir en ejercicio de sus competencias en materia de salud que se cumplan los requisitos determinados en las leyes, pero no establecer dichos requisitos,...

I. La Sentencia. Telecomunicaciones. Nulidad parcial de Ordenanza municipal reguladora de las condiciones de autorización de las infraestructuras de radiocomunicación. Los Ayuntamientos pueden exigir en ejercicio de sus competencias en materia de salud que se cumplan los requisitos determinados en las leyes, pero no establecer dichos requisitos, por tanto, procede anular los artículos de la Ordenanza que regulan las distancias de protección. II. Fundamentos de Derecho.

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LEGISLACIÓN DE MONTES

MANTECA VALDELANDE, VÍCTOR

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 11/2007, pág. 1292 a 1302

I. INTRODUCCIÓN. II. FONDO DE PATRIMONIO NATURAL. III. INCENDIOS FORESTALES. IV. NORMATIVA COMUNITARIA DE APLICACIÓN FORESTAL. V. REGULACIÓN DE LA RED DE PARQUES NACIONALES.


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