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JUSTICIA CONSTITUCIONAL: PROCESOS Y COMPETENCIAS

GARCÍA ROCA, J.

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 23/2004, pág. 99

1. INTRODUCCIÓN. 2. PROCESOS CONSTITUCIONALES. A) RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL. B) CONFLICTOS POSITIVOS DE COMPETENCIAS. 3. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS. A) EJECUCIÓN EN MATERIA LABORAL: GESTIÓN DE LAS AYUDAS PARA PLANES DE FORMACIÓN CONTINUA (ARTÍCULO 149.1.7ª). B) EJECUCIÓN EN MATERIA DE RÉGIMEN ESTATUTARIO DE LOS...

1. INTRODUCCIÓN. 2. PROCESOS CONSTITUCIONALES. A) RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL. B) CONFLICTOS POSITIVOS DE COMPETENCIAS. 3. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS. A) EJECUCIÓN EN MATERIA LABORAL: GESTIÓN DE LAS AYUDAS PARA PLANES DE FORMACIÓN CONTINUA (ARTÍCULO 149.1.7ª). B) EJECUCIÓN EN MATERIA DE RÉGIMEN ESTATUTARIO DE LOS FUNCIONARIOS AUTONÓMICOS: GESTIÓN DE LAS AYUDAS PARA PLANES DE FORMACIÓN CONTINUA (ARTÍCULO 149.1.18ª). C) RÉGIMEN ESTATUTARIO DE LOS FUNCIONARIOS: CONSOLIDACIÓN DE GRADO PERSONAL MÁXIMO (ARTÍCULO 149.1.18º CE).

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JUSTICIA CONSTITUCIONAL: PROCESOS Y COMPETENCIAS

GARCÍA ROCA, JAVIER

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 22/2004, pág. 83 a 94

1. INTRODUCCIÓN. 2. PROCESOS CONSTITUCIONALES. 3. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS.


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JUSTICIA CONSTITUCIONAL: PROCESOS Y COMPETENCIAS

GARCIA ROCA, J.

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 17/2002, pág. 83

1. Introducción. 2. Procesos constitucionales. 3. Criterios de distribución de competencias.


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JUSTICIA CONSTITUCIONAL: PROCESOS Y COMPETENCIAS

GARCÍA ROCA, JAVIER

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 20/2003, pág. 85 a 93

1. INTRODUCCIÓN. 2. PROCESOS CONSTITUCIONALES. 3. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS.


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JUSTICIA CONSTITUCIONAL: PROCESOS Y COMPETENCIAS. CRÓNICAS DE JURISPRUDENCIA

GARCÍA ROCA, J. (COORD.)

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 54/2011, pág. 51 a 59

1. Introducción. 2. Procesos constitucionales. A) Recurso de inconstitucionalidad. B) Cuestión de inconstitucionalidad. C) Recurso de amparo. a) Admisibilidad de la demanda. Supuestos en los que el Tribunal Constitucional aprecia especial trascendencia constitucional del recurso de amparo (art. 50 LOTC). 3. Distribución de competencias.



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LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LAS REGLAS DE LA "EXTERNALIZACIÓN"

FERNÁNDEZ FARRERES, GERMÁN

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 33/2006, pág. 5 a 27

1. CONSIDERACIONES PREVIAS DE CARÁCTER GENERAL. 2. ALGUNAS PRECISIONES SOBRE EL SIGNIFICADO Y ALCANCE DE LA EXPRESIÓN "EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS" REFERIDA AL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. 3. SOBRE LAS CAUSAS DETERMINANTES DE LA TENDENCIA CRECIENTE A LA EXTERNALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y ADMINISTRATIVOS....

1. CONSIDERACIONES PREVIAS DE CARÁCTER GENERAL. 2. ALGUNAS PRECISIONES SOBRE EL SIGNIFICADO Y ALCANCE DE LA EXPRESIÓN "EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS" REFERIDA AL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. 3. SOBRE LAS CAUSAS DETERMINANTES DE LA TENDENCIA CRECIENTE A LA EXTERNALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y ADMINISTRATIVOS. A) SERVICIOS ECONÓMICOS. B) SERVICIOS SOCIALES. C) SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. 4. LOS LÍMITES A LA EXTERNALIZACIÓN. A) LA REGLA DE LA ACREDITACIÓN DE LA INSUFICIENCIA DE MEDIOS EN LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA Y DE SERVICIOS. B) LA REGLA DE LA PROHIBICIÓN DE GESTIÓN INDIRECTA DE LOS SERVICIOS QUE IMPLIQUEN EJERCICIO DE POTESTADES ADMINISTRATIVAS. 5. REFLEXIÓN FINAL.

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LA ADOPCION DE MEDIDAS CAUTELARES CON CARACTER URGENTE

SALA ARQUER, JOSE MANUEL

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 1999/1999, pág. 205 a 214

1. La situación anterior a la nueva ley: la polémica sobre las llamadas medidas provisionalísimas. 2. Las medidas provisionalísimas en el Proyecto de Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 1997. 3. El artículo 135 de la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.


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LA CARTA MUNICIPAL DE BARCELONA EN LA REFORMA DEL REGIMEN LOCAL

FONT I LLOVET, TOMAS

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 2000/2000, pág. 231

1. Introducción: la Carta Municipal de Barcelona ensu función innovadora. 2. ¿Garantía institucional de unrégimen especial para Barcelona?. 3. Participación yconsenso en la aprobación de la Carta Municipal deBarcelona. 4. La Carta Municipal de Barcelona y el principiode diferenciación en el régimen local. 5. Hacia una nuevademocracia...

1. Introducción: la Carta Municipal de Barcelona ensu función innovadora. 2. ¿Garantía institucional de unrégimen especial para Barcelona?. 3. Participación yconsenso en la aprobación de la Carta Municipal deBarcelona. 4. La Carta Municipal de Barcelona y el principiode diferenciación en el régimen local. 5. Hacia una nuevademocracia local. 6. Las competencias municipales: nuevasformulaciones. 7. Conclusión.

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LA CASACION EN LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Y LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

ALEGRE AVILA, JUAN MANUEL

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 9/2000, pág. 5

1. La STC 37/1995: un punto de llegada y un puntode partida. 2. Una consecuencia inmediata de la doctrinasentada en la STC 37/1995: la comparecencia en casación delas Comunidades Autónomas por medio de Procurador. 3. Unamuestra significativa de la inflexión de la jurisprudenciaconstitucional a raíz de la STC 37/1995: la doble instanciaen...

1. La STC 37/1995: un punto de llegada y un puntode partida. 2. Una consecuencia inmediata de la doctrinasentada en la STC 37/1995: la comparecencia en casación delas Comunidades Autónomas por medio de Procurador. 3. Unamuestra significativa de la inflexión de la jurisprudenciaconstitucional a raíz de la STC 37/1995: la doble instanciaen los procesos de protección de los derechos fundamentales.4. La interpretación de los requisitos que pautan el accesoal recurso de casación: la STC 119/1998. 5. El error patentecomo límite inexcusable en la apreciación de los requisitosde acceso a la casación. 6. El recurso de casación para launificación de doctrina: dos muestras acerca de lainterpretación de los requisitos a que se supedita suadmisión. 7. La reafirmación de la doctrina jurisprudencialsobre el recurso de casación para la unificación dedoctrina: la STC 222/1998. 8. El recurso de casación eninterés de la ley: legitimación. 9. Una reflexión a modo deconclusión.

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LA COMISION DE RECLAMACIONES DEL INGRESO ARAGONES DE INSERCION

GARCES SANAGUSTIN, ANGEL

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 6/2000, pág. 311

1. Introducción. 2. ¿Qué es el Ingreso Aragonés deInserción (IAI)?. 3. Qué sentido tiene regular esteprocedimiento especial de impugnación o reclamación en unámbito o para un supuesto como el del Ingreso Aragonés deInserción?. 4. Sobre el funcionamiento de la Comisión deReclamaciones del Ingreso Aragonés de Inserción. 5.Recapitulación:...

1. Introducción. 2. ¿Qué es el Ingreso Aragonés deInserción (IAI)?. 3. Qué sentido tiene regular esteprocedimiento especial de impugnación o reclamación en unámbito o para un supuesto como el del Ingreso Aragonés deInserción?. 4. Sobre el funcionamiento de la Comisión deReclamaciones del Ingreso Aragonés de Inserción. 5.Recapitulación: una valoración personal del funcionamientode la Comisión de Reclamaciones del Ingreso Aragonés deInserción.

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LA CONCILIACION JUDICIAL Y OTRAS ALTERNATIVAS JURISDICCIONALES EN EL ORDEN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

PEREZ MORENO, ALFONSO

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 1999/1999, pág. 111 a 122

1. Introducción. 2. Planteamiento. 3. La necesidad de una regulación del arbitraje administrativo. 4. Conclusión.


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LA CONFIGURACIÓN PÚBLICA DE LAS AGUAS EN EL DERECHO EUROPEO DE AGUAS Y SU TRANSPOSICIÓN AL DERECHO ESPAÑOL

COLOM PIAZUELO, ELOY

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 1-Extraordinario/2012, pág. 39 a 60

I. LA CONFIGURACIÓN PÚBLICA DE LAS AGUAS EN LOS ESTADOS EUROPEOS ANTES DE LA DIRECTIVA MARCO DE AGUAS(DMA): DIVERSIDAD DE MODELOS Y PUNTOS EN COMÚN. 1. El modelo público de aguas fundamentado en su calificación como dominio público de una Administración o como una cosa común: su origen en el Derecho romano y su posterior reelaboración...

I. LA CONFIGURACIÓN PÚBLICA DE LAS AGUAS EN LOS ESTADOS EUROPEOS ANTES DE LA DIRECTIVA MARCO DE AGUAS(DMA): DIVERSIDAD DE MODELOS Y PUNTOS EN COMÚN. 1. El modelo público de aguas fundamentado en su calificación como dominio público de una Administración o como una cosa común: su origen en el Derecho romano y su posterior reelaboración en los Derechos nacionales. 2. El modelo público de aguas fundamentado en la identificación de una función pública a la que están destinadas: la teoría de las cosas públicas vigente en Alemania. 3. El modelo público de aguas mixto fundamentado en la calificación de parte de las aguas como dominio público de una Administración y en las restantes la identificación de una función pública, cuya efectividad y protección impone una intervención administrativa. II. LA INCORPORACIÓN DE LA CONFIGURACIÓN PÚBLICA DE LAS AGUAS A LA DIRECTIVA MARCO DE AGUAS: INTRODUCCIÓN DE UNA REGULACIÓN COMÚN MÍNIMA PARA TODOS LOS ESTADOS MIEMBROS. 1. Identificación del fin público perseguido por la Directiva Marco de Aguas: la protección de las aguas superficiales y subterráneas tanto desde la perspectiva cuantitativa como cualitativa. 2. Medidas de control de la captación y almacenamiento del agua dulce y recarga y aumento de las aguas subterráneas: las autorizaciones previas otorgadas por las autoridades competentes. 3. Medidas de control de los vertidos en las masas de agua. 4. Determinación de los criterios preferentes de utilización de las aguas. 5. El establecimiento de precios del agua. III. LA ADAPTACIÓN DEL MODELO ESPAÑOL DE CONFIGURACIÓN PÚBLICA DEL AGUA A LA NUEVA REGULACIÓN CONTENIDA EN LA DIRECTIVA MARCO DE AGUAS: LA AMPLIACIÓN DEL ÁMBITO DE INTERVENCIÓN PÚBLICA. 1. La adaptación del modelo de configuración publica de las aguas españolas a la DMA: la introducción del modelo mixto de configuración pública de las aguas. 2. La ampliación del ámbito de aplicación de la Ley de Aguas: la consideración de las aguas costeras y de transición como aguas superficiales.

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LA CONTRATACIÓN PÚBLICA ECOLÓGICA

GONZÁLEZ ALONSO, AUGUSTO

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 47/2010, pág. 31 a 53

1. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS. 2. BENEFICIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA ECOLÓGICA. 3. ÁMBITOS DE APLICACIÓN. 4. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES SOBRE CPE. 5. INSTRUMENTOS COMUNITARIOS SOBRE CPE. A) Los Tratados. B) Estrategias e iniciativas políticas comunitarias. C) Los instrumentos normativos comunitarios. D) La jurisprudencia comunitaria....

1. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS. 2. BENEFICIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA ECOLÓGICA. 3. ÁMBITOS DE APLICACIÓN. 4. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES SOBRE CPE. 5. INSTRUMENTOS COMUNITARIOS SOBRE CPE. A) Los Tratados. B) Estrategias e iniciativas políticas comunitarias. C) Los instrumentos normativos comunitarios. D) La jurisprudencia comunitaria. 6. INSTRUMENTOS NACIONALES SOBRE CPE. A) La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. B) Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. C) Otras iniciativas e instrumentos nacionales sobre contratación pública ecológica; en especial, el Plan de Contratación Pública Verde.

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LA CORRECCION DE DESEQUILIBRIOS EN EL SECTOR COMERCIAL: EL NUEVO IMPUESTO SOBRE LOS GRANDES ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y LAS AYUDAS AL PEQUEÑO COMERCIO

VILLAREJO GALENDE, HELENA

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 19/2003, pág. 51

1. Consideraciones previas: la búsqueda del equilibrio entre las distintas formas de distribución comercial. 2. El impuesto catalán sobre los grandes establecimientos comerciales. 3. La importación del modelo catalán por otras Comunidades Autónomas y consideraciones finales.


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LA CUESTIÓN DE ILEGALIDAD COMO IMPRESCINDIBLE MECANISMO DE CIERRE DEL SISTEMA DE CONTROL JURISDICCIONAL DE LOS REGLAMENTOS ILEGALES

CARLÓN RUIZ, MATILDE

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 40/2008, pág. 31 a 50

I. De cómo el carácter subordinado de la norma reglamentaria condiciona el régimen de su control jurisdiccional. II. Claves de la introducción de la cuestión de ilegalidad en la LJCA en el contexto de la reconfiguración del recurso indirecto contra reglamentos. III. Acotaciones críticas al sentido y alcance de la cuestión de ilegalidad...

I. De cómo el carácter subordinado de la norma reglamentaria condiciona el régimen de su control jurisdiccional. II. Claves de la introducción de la cuestión de ilegalidad en la LJCA en el contexto de la reconfiguración del recurso indirecto contra reglamentos. III. Acotaciones críticas al sentido y alcance de la cuestión de ilegalidad en su actual configuración. IV. Generalidades sobre el procedimiento de tramitación de la cuestión de ilegalidad. V. La sentencia dictada en la cuestión de ilegalidad: contenido y efectos.

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LA CUESTIÓN PREJUDICIAL Y OTRAS FORMAS DE DIÁLOGO CON EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA. LA SINGULAR PARTICIPACIÓN DE LOS JUECES ESPAÑOLES

BUENO ARMIJO, ANTONIO; MAGALDI MENDAÑA, NURIA

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 53/2011, pág. 41 a 72

I. INTRODUCCIÓN. ¿QUÉ TIPO DE DIÁLOGO ES EL "DIÁLOGO ENTRE JUECES"? II. LA "FASE ASCENDENTE" DEL DIÁLOGO JUDICIAL EN ESPAÑA: LA PRESENTACIÓN DE CUESTIONES PREJUDICIALES. 1. ¿Qué tribunales nacionales plantean cuestiones prejudiciales en España? A) Pueden presentar cuestiones prejudiciales tanto los tribunales...

I. INTRODUCCIÓN. ¿QUÉ TIPO DE DIÁLOGO ES EL "DIÁLOGO ENTRE JUECES"? II. LA "FASE ASCENDENTE" DEL DIÁLOGO JUDICIAL EN ESPAÑA: LA PRESENTACIÓN DE CUESTIONES PREJUDICIALES. 1. ¿Qué tribunales nacionales plantean cuestiones prejudiciales en España? A) Pueden presentar cuestiones prejudiciales tanto los tribunales ordinarios como los tribunales constitucionales. B) Pueden presentar cuestiones prejudiciales ciertos órganos administrativos. 2. ¿Sobre qué materias plantean recurso prejudicial los tribunales españoles? 3. El planteamiento de cuestiones prejudiciales por los tribunales españoles en la práctica. A) El margen de apreciación de los tribunales nacionales para plantear cuestiones prejudiciales: la necesidad de una formación adecuada. B) Planteamiento incorrecto de cuestiones prejudiciales por parte de tribunales españoles. 4. Consecuencias de que los tribunales españoles no planteen cuestiones prejudiciales cuando vienen obligados a ello. A) Consecuencias nacionales: vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva. B) Consecuencias en el ámbito de la Unión: responsabilidad patrimonial del estado miembro. III. LA "FASE DESCENDENTE" DEL DIÁLOGO JUDICIAL EN ESPAÑA: LA APLICACIÓN POR LOS TRIBUNALES ESPAÑOLES DE LA JURISPRUDENCIA PROCEDENTE DEL TJUE. 1. La aplicación al caso concreto de la respuesta dada a una cuestión prejudicial: el enfrentamiento con el Tribunal Constitucional español. 2. La aplicación de jurisprudencia procedente de cuestiones prejudiciales presentadas por otros órganos jurisdiccionales. 3. La aplicación de jurisprudencia del TJUE procedente de otro tipo de recursos. 4. Las consecuencias de que los jueces nacionales no apliquen la jurisprudencia comunitaria. A) Incumplimiento del Estado miembro. B) Responsabilidad patrimonial. IV. CONCLUSIÓN: ¿HACIA UNA DEFINITIVA TRANSFORMACIÓN DEL TJUE EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE LA UNIÓN EUROPEA? V. BIBLIOGRAFÍA.

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LA CULPABILIDAD

DE PALMA DEL TESO

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 1/2001, pág. 29

Introducción. 1. La función del DerechoAdministrativo sancionador y la culpabilidad. 2. Marcoconstitucional del principio de culpabilidad. 3. El elementosubjetivo de las infracciones administrativas: la exigenciade culpa o dolo. 4. El principio de personalidad de lassanciones o principio de responsabilidad personal por hechospropios. 5....

Introducción. 1. La función del DerechoAdministrativo sancionador y la culpabilidad. 2. Marcoconstitucional del principio de culpabilidad. 3. El elementosubjetivo de las infracciones administrativas: la exigenciade culpa o dolo. 4. El principio de personalidad de lassanciones o principio de responsabilidad personal por hechospropios. 5. Responsabilidad solidaria y subsidiaria. 6. Elerror.

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LA CUMBRE DE LA HAYA SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO

JALVO, BELEN MARINA

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 12/2001, pág. 279

1. Nota introductoria. 2. Cambio climático ydesarrollo sostenible. 3. Los instrumentos de flexibilidad.4. Limitación del recurso a los instrumentos deflexibilidad. Otras alternativas.


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LA DETERMINACION DE LA SANCION ADMINISTRATIVA

IZQUIERDO CARRASCO, MANUEL

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 1/2001, pág. 207

1. El Proceso de concreción de la sanciónadministrativa procedente. 2. La sanción normativaabstracta. 3. Hacia una concreción normativa de la sanciónadministrativa. 4. En especial, las circunstancias. 5. Laindividualización de la sanción por el órgano competente.


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LA DIRECTIVA 96/61/CE, DE PREVENCION Y CONTROL INTEGRAL DE LA CONTAMINACION

DELGADO PIQUERAS, FRANCISCO

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 7/2000, pág. 15

1. Introducción. 2. Aspectos generales. 3. Ambitode aplicación. 4. Obligaciones fundamentales del titular. 5.Procedimiento de autorización. 6. Contenido de laautorización. 7. Modificación, revisión y actualización delas condiciones del permiso. 8. Perspectiva de la aplicaciónde la Directiva en España.


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LA DIRECTIVA MARCO DE AGUAS Y SU RECEPCIÓN EN ESPAÑA (EL MODELO EUROPEO DE GESTIÓN DEL AGUA). MODIFICACIONES ECONÓMICO-FINANCIERAS EN EL ÁMBITO DEL SANEAMIENTO

MOLINOS RUBIO, LUCÍA M.ª

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 1-Extraordinario/2012, pág. 127 a 144

I. Las actividades de saneamiento y depuración y la Directiva Marco del Agua. II. La recuperación de costes en la actividad del saneamiento derivada de la Directiva Marco del Agua. III. La distribución de competencias en la actividad del saneamiento. IV. El Derecho de aguas español en el ámbito de la recuperación de costes: especial...

I. Las actividades de saneamiento y depuración y la Directiva Marco del Agua. II. La recuperación de costes en la actividad del saneamiento derivada de la Directiva Marco del Agua. III. La distribución de competencias en la actividad del saneamiento. IV. El Derecho de aguas español en el ámbito de la recuperación de costes: especial atención al saneamiento. 1. El canon de control de vertidos. 2. Las figuras autonómicas. 3. Tasas por alcantarillado. V. Conclusiones. VI. Anexo de bibliografía.

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LA DIRECTIVA MARCO DE AGUAS Y SU RECEPCIÓN EN ESPAÑA. (EL MODELO EUROPEO DE GESTIÓN DEL AGUA). CUESTIONES INSTITUCIONALES: DEMARCACIONES Y CUENCAS HIDROGRÁFICAS, PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA Y SU RELACIÓN CON EL PRINCIPIO DE RECUPERACIÓN DE COSTES

EMBID IRUJO, ANTONIO

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 1-Extraordinario/2012, pág. 15 a 37

I. Introducción general. II. La muy difícil combinación del Derecho Europeo de Aguas y de la Constitución Española en la ardua cuestión de delimitar demarcaciones y establecer competencias sobre cuencas hidrográficas. III. Las dificultades en la realización de la planificación hidrológica. La proximidad de la fecha de cumplimiento...

I. Introducción general. II. La muy difícil combinación del Derecho Europeo de Aguas y de la Constitución Española en la ardua cuestión de delimitar demarcaciones y establecer competencias sobre cuencas hidrográficas. III. Las dificultades en la realización de la planificación hidrológica. La proximidad de la fecha de cumplimiento de los objetivos ambientales y el papel capital, para ello, de la planificación hidrológica. IV. La difícil articulación del principio de repercusión de costes de los servicios del agua. Del Plan Hidrológico (norma) al acto administrativo, pero sin la adopción de decisiones. El valor, en todo caso, de la transparencia. V. Anexo bibliográfico y documental.

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LA DIRECTIVA MARCO DE AGUAS Y SU RECEPCIÓN EN ESPAÑA. (EL MODELO EUROPEO DE GESTIÓN DEL AGUA). MODIFICACIONES ECONÓMICO-FINANCIERAS EN EL ÁMBITO DEL ABASTECIMIENTO

JIMÉNEZ COMPAIRED, ISMAEL

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 1-Extraordinario/2012, pág. 105 a 126

I. Sobre la recuperación de los costes de los servicios del agua. II. Las exigencias en materia de recuperación de costes derivadas de la DMA. III. Lo económico-financiero del abastecimiento de agua en España a la entrada en vigor de la DMA. IV. Las transformaciones del Derecho de aguas español en el ámbito de la recuperación de costes:...

I. Sobre la recuperación de los costes de los servicios del agua. II. Las exigencias en materia de recuperación de costes derivadas de la DMA. III. Lo económico-financiero del abastecimiento de agua en España a la entrada en vigor de la DMA. IV. Las transformaciones del Derecho de aguas español en el ámbito de la recuperación de costes: especial atención al abastecimiento. 1. En la Ley estatal de Aguas, sus Reglamentos y los instrumentos normativos conexos. Examen de la práctica subsiguiente. 2. Las transformaciones del abastecimiento en alta desarrolladas por la CCAA. 3. La distribución o abastecimiento en baja. V. Conclusiones: ¿Puede asegurarse que las transformaciones operadas en el Derecho de Aguas español sean suficientes para respetar los planteamientos de la DMA en el ámbito de la recuperación de costes? VI. Anexo de Bibliografía.

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LA DIRECTIVA-MARCO SOBRE EL AGUA: EL FIN DEL PROCESO DECISORIO Y EL INICIO DEL APLICATIVO

SETUAIN MENDIA, BEATRIZ

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 11/2001, pág. 5

1. Antecedentes: las disfunciones en la gestión delas aguas y la iniciación de actuaciones comunitarias en prode su superación. 2. El cuerpo de la Directiva-marco2000/60/CE: identificación de sus aspectos esenciales. 3.Una constatación previa a su análisis: el contenido de laDirectiva-marco se circunscribe, en su práctica totalidad,al...

1. Antecedentes: las disfunciones en la gestión delas aguas y la iniciación de actuaciones comunitarias en prode su superación. 2. El cuerpo de la Directiva-marco2000/60/CE: identificación de sus aspectos esenciales. 3.Una constatación previa a su análisis: el contenido de laDirectiva-marco se circunscribe, en su práctica totalidad,al aspecto ambiental de las aguas. Remisión. 4. El alcancematerial de la Directiva-marco: las aguas destinatarias desus previsiones. 5. La opción por la cuenca hidrográficacomo división básica idónea para la realización deactuaciones hidráulicas. La importancia de los instrumentosplanificadores. 6. La ya adelantada esencialidad de loscontenidos ambientales en el corpus de la Directiva-marco.7. El viso económico de la Directiva-marco: la recuperaciónde los costes de los servicios relacionados con el agua. 8.Las ordenaciones aplicativas de la Directiva-marco. 9. Amodo de síntesis final. 10. Anexo: plazos máximos previstosen la Directiva-marco.

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