• Facebook
  • X
  • LinkedIn
  • Instagram

Síguenos en los medios sociales

Añadir al carrito

LA TUTELA PENAL DE LAS COMUNICACIONES LABORALES. EL ARTICULO 197 DEL CODIGO PENAL

MORALES GARCIA, OSCAR

IURIS. ACTUALIDAD Y PRACTICA DEL DERECHO, n.º 54/2001, pág. 48

1. Intervención penal. 2. Intervención decomunicaciones. 3. Protección de comunicaciones. 4. Art.18.3 CE en el ámbito laboral. 5. Buena fe y dignidad. 6. Usoabusivo del e-mail. 7. Art. 197.1 CP. 8. Dolo específico. 9.Art. 197.2 CP. 10. Monitorización selectiva.

Ver teléfonos