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Ángel Menéndez Rexach
JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 60/2013, pág. 7 a 24
I. Planteamiento: la existencia de beneficiario en las obras públicas es una decisión de la Administración expropiante. II. La responsabilidad del concesionario no excluye la de la Administración. III. Responsabilidad de la Administración expropiante en caso de declaración de nulidad del expediente expropiatorio. IV. El desistimiento de la expropiación no es posible pero sí la renuncia a la concesión. V. El rescate y sus consecuencias sobre el pago de los justiprecios pendientes. VI. Extinción de la concesión por declaración de concurso. VII. Imputación de la responsabilidad al expropiante en fase de ejecución de sentencia. VIII. Conclusión.