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FUNCIÓN PÚBLICA

SÁNCHEZ MORÓN, M; MARINA JALVO, B.; CANTERO MARTÍNEZ, J.; DESDENTADO DAROCA, E.

JUSTICIA ADMINISTRATIVA, n.º 53/2011, pág. 217 a 230

1. ACCESO. A) Derecho de acceso al empleo público. Deben incluirse en la oferta de empleo público todas las plazas vacantes cubiertas por interinos. B) Requisitos para el acceso al empleo público. a) No se justifica la determinación de la edad máxima de 35 años para el acceso a la escala Ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía. b) Puede participar en las pruebas selectivas una aspirante que se encuentra en condiciones de obtener el título necesario aunque no haya abonado las tasas para su expedición. C) Concurso-oposición. Asignación a los méritos por servicios prestados en la Administración convocante de una puntuación superior a la otorgada en concepto de servicios prestados en otras Administraciones. Vulnera el principio de igualdad por carecer de justificación objetiva y razonable. D) Personal laboral. El personal laboral que accede por promoción interna puede permanecer en su puesto de trabajo. 2. DERECHOS RETRIBUIDOS. A) Cuestiones generales. B) Trienios. C) Complemento de destino. D) Complemento de productividad. E) Gratificaciones por servicios extraordinarios. 3. DERECHOS COLECTIVOS. NEGOCIACIÓN COLECTIVA. A) La reorganización de la plantilla de personal de una Administración para adecuarla a su realidad organizativa debe ser objeto de negociación colectiva. 4. DERECHOS LABORALES. A) El permiso por parto sólo podrá cederse al padre en el caso de que ambos progenitores trabajen y la madre esté incluida en un régimen de Seguridad Social. B) La posibilidad de acumular las horas del permiso de lactancia en jornadas completas también corresponde al padre. C) El derecho a la reducción de jornada por guarda legal otorga al funcionario la capacidad de elección del momento concreto en el que va a ser ejercitada y su extensión. D) La denegación del derecho a prolongar la edad de jubilación exige la adecuada aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de Recursos Humanos. 5 RÉGIMEN DISCIPLINARIO. Entre los criterios de proporcionalidad para la graduación de las sanciones disciplinarias pueden tenerse en cuenta los precedentes muy semejantes.

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