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PEREZ LUQUE, ANTONIO
EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 5/2003, pág. 877
I. Las actuaciones jurídicas y los hechos determinantes. II. El contenido estructural del Acuerdo. III. El ámbito para el que nace: la Administración General del Estado y como se va a aplicar en ella. IV. La necesaria plasmación del Acuerdo en posteriores Disposiciones legales. V. La reforma subyacente. VI. La transferencia de competencias a las Comunidades Autónomas y el aumento de personal: una paradoja contradictoria incomprensible. VII. La calidad y la eficacia como objetivo, pero la legalidad es más importante. VIII. Las expresiones huecas. IX. La aplicación a las Corporaciones locales. 1. La aplicación directa. 2. La aplicación por reenvío de otras normas. X. Las cosas extrañas. XI. Conclusión final.