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DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN POR PARTE DE LOS CONCEJALES

BERNAT MAICAS, CRISTINA

EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, n.º 21/2009, pág. 3116 a 3124

I. NORMATIVA APLICABLE. II. CONTENIDO DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN. III. DERECHO A LA INFORMACIÓN DE ACCESO LIBRE. 1. Cuando se trate del acceso de los miembros de la Corporación que ostenten delegaciones o responsabilidades de gestión, a la información propia de las mismas. 2. Cuando se trate del acceso de los miembros de la Corporación a la información o documentación de la entidad local que sean de libre acceso para los ciudadanos. 2.1. En general, cualquier asunto administrativo que su tramitación procedimental exija un trámite de exposición pública o información pública al que puedan acceder libremente los ciudadanos y, por lo tanto, consultar el expediente o las actuaciones practicadas hasta ese momento. 2.2. Asuntos administrativos en los que existe reconocida la "acción pública". 2.2.a) Acción pública en materia urbanística. 2.2.b) Acción pública en materia de medio ambiente. 3. Cuando se trate del acceso de cualquier miembro de la Corporación a la información y documentación correspondiente a los asuntos que hayan de ser tratados por los órganos colegiados de que forman parte, así como a las resoluciones o acuerdos adoptados por cualquier órgano municipal. 3.1. Acceso de los miembros de la Corporación a la información y documentación correspondiente a los asuntos que hayan de ser tratados por los órganos colegiados de que forman parte. 3.2. Resoluciones. 3.3. Acuerdos adoptados por cualquier órgano municipal. IV. LIBRAMIENTO DE COPIAS EN LOS SUPUESTOS DE ACCESO LIBRE A LA INFORMACIÓN. V. DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN CON AUTORIZACIÓN PREVIA. VI. LIBRAMIENTO DE COPIAS EN LOS SUPUESTOS DE ACCESO A LA INFORMACIÓN CON PREVIA AUTORIZACIÓN. VII. FORMA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN: ART. 16 DEL ROF. 1. En cuanto a la forma de consulta. 2. En cuanto a los deberes del concejal una vez entregada la documentación. 3. En cuanto a la forma de llevar a cabo la petición. VIII. TRATAMIENTO DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN CON DATOS PERSONALES OBJETO DE PROTECCIÓN. 1. Solicitudes de información cuyo acceso a ficheros con datos personales es de escasa relevancia. 2. Solicitudes de información cuyo acceso a ficheros con datos personales es de gran relevancia. IX. CONCLUSIÓN.

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