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Defectos subsanables e insubsanables de la documentación presentada a una mesa de contratación

Jorge García de Herrera Fernández

ACTUALIDAD JURIDICA ARANZADI, n.º 870/2013, pág. 14

I. Defectos subsanables. II. Errores indudablemente insubsanables. 1. Si alguna proposición no guarda concordancia con la documentación examinada y admitida. 2. Si excede del presupuesto base de licitación. 3. Si la oferta varía sustancialmente el modelo establecido. 4. Si la oferta incluye un error manifiesto en el importe de la proposición. 5. Cuando el propio licitador reconozca que la oferta adolece de error o inconsistencia que la haga inviable. 6. No haber constituido la garantía provisional dentro del período de presentación de proposiciones. 7. Si se han producido errores en los sobres. 8. Si no se ha incluido la declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar y al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. IX. Si existe discordancia entre el precio en letras y en números.

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